Carta finiquito laboral: formato y qué revisar antes de firmar

La carta finiquito, o recibo de finiquito, es el documento en el que el patrón detalla lo que te paga al terminar la relación laboral y tú firmas de recibido. Aquí tienes un formato para descargar y la lista de lo que debes revisar antes de firmar.

Actualizado el 26 de octubre de 2026

Mano firmando un documento con pluma

¿Qué es la carta finiquito?

Es la constancia de pago del finiquito. La entrega normalmente el patrón el último día o en la siguiente fecha de nómina, junto con el pago. Aplica igual si renunciaste, si terminó tu contrato o si te despidieron; en un despido injustificado, el documento suele llamarse convenio de terminación e incluye la indemnización.

Mano firmando un contrato de trabajo sobre un escritorio de madera
Mano firmando un contrato de trabajo sobre un escritorio de madera Foto: RDNE Stock project / Pexels

Formato de carta finiquito

Usa este modelo para revisar el que te entreguen o como base si eres el patrón. Descargar formato (.txt, editable en Word).

[Ciudad], a [fecha]

RECIBO DE FINIQUITO

Recibí de [nombre o razón social del patrón], RFC [RFC], la cantidad de $[total neto] ([cantidad con letra] pesos M.N.) por concepto de finiquito de la relación laboral que sostuve del [fecha de ingreso] al [fecha de salida], en el puesto de [puesto], con un salario diario de $[salario diario]. La relación terminó por [renuncia voluntaria / término de contrato / otra causa].

Desglose:
Salario pendiente ([n] días): $[monto]
Aguinaldo proporcional ([n] días): $[monto]
Vacaciones ([n] días): $[monto]
Prima vacacional ([25]%): $[monto]
Prima de antigüedad (si aplica): $[monto]
Otras prestaciones: $[monto]
Subtotal: $[monto]
ISR retenido: $[monto]
Total neto recibido: $[monto]

Recibí de conformidad,
[Firma]
[Nombre completo del trabajador]

Qué debe incluir

  • Nombre y RFC del patrón, y tu nombre completo.
  • Fecha de ingreso, fecha de salida y causa de la terminación.
  • Tu salario diario y, si hay indemnización, tu salario diario integrado.
  • Cada concepto por separado, con los días y el monto de cada uno.
  • El ISR retenido y el total neto que recibes.

Un recibo que solo dice "recibí $X por todos los conceptos" no te deja comprobar nada. Pide el desglose.

Antes de firmar: 5 cosas que revisar

  1. Compara cada monto con tu cálculo en la calculadora de finiquito.
  2. Revisa los días de vacaciones: desde 2023 son 12 en el primer año, y deben incluir las que no tomaste en años anteriores.
  3. Revisa la causa de terminación: si te despidieron y el documento dice "renuncia voluntaria", no lo firmes; podrías perder la indemnización.
  4. Lee las frases finales: muchos recibos dicen que "no te reservas acción ni derecho alguno". Los derechos laborales son irrenunciables (artículo 33), pero firmar esa frase complica cualquier reclamo posterior.
  5. Pide una copia firmada por ambas partes y el comprobante de pago o transferencia.

Si el documento es un convenio de terminación con indemnización, la ley pide que se haga por escrito con el detalle de los derechos que comprende y que se ratifique ante el Centro de Conciliación Laboral (artículo 33).

Preguntas frecuentes

¿Estoy obligado a firmar la carta finiquito?

No estás obligado a firmar un documento con cantidades con las que no estás de acuerdo. Pide el desglose por escrito, compáralo y, si no coincide, acude a la PROFEDET (800 911 7877).

¿Qué pasa si firmé y faltó dinero?

Si el recibo omitió conceptos que te correspondían, puedes reclamarlos dentro del plazo de un año (artículo 516). Lleva tu copia del recibo a la PROFEDET.

¿Es lo mismo que la carta de renuncia?

No. La carta de renuncia la escribes tú para terminar la relación; la carta finiquito es el recibo del pago final. Hay un modelo de carta de renuncia en finiquito por renuncia.

¿La carta finiquito debe ir firmada ante notario?

No. Basta la firma de las partes. Lo que sí debe ratificarse ante el Centro de Conciliación es el convenio de terminación cuando incluye indemnización.

Formato de referencia basado en la Ley Federal del Trabajo. No es asesoría legal.